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22 noviembre, 2024
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REPRUEBA CEDH ACTUAR DE POLICÍA MORELIA POR DETENCIÓN DE ADULTOS MAYORES, SE INICIÓ INVESTIGACIÓN DE OFICIO

 

Morelia Michoacán, Septiembre del 2019. La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) inició una investigación de oficio por el actuar de elementos de la Policía Morelia, que detuvieron a dos adultos mayores en las inmediaciones de la Casa de la Cultura, por realizar la venta de productos en la vía pública.

Por instrucción del Ombudsperson, Víctor Manuel Serrato Lozano, se inició la queja MOR/752/2019 en contra de los elementos de la Policía Morelia, por presunta violación al derecho a las buenas prácticas de la administración pública, consistente en el derecho a la debida actuación de funcionarios de hacer cumplir la ley; a la integridad y seguridad personal; a la igualdad, consistente en derecho a ser libre de toda clase de discriminación; y derechos de la mujer a disfrutar de una vida libre de violencia.

Esta CEDH advierte que los hechos en los que se detuvo a los adultos mayores no ameritaban el sometimiento por parte de los elementos policiales, por no existir un riesgo fundado a que se cometiera una agresión.

Esta Comisión señala que de acuerdo a la Ley de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores del Estado de Michoacán de Ocampo, los adultos mayores deben recibir un trato digno y apropiado de las autoridades estatales y municipales en el ejercicio y respeto de sus derechos, así como en cualquier procedimiento administrativo o judicial en que intervengan en calidad de partes, agraviados, indiciados, sentenciados o víctimas del delito.

Y prohíbe además todo acto abusivo de acción u omisión intencional, realizado por alguna persona física o moral, hacia una persona adulta mayor, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, y/o psicológica.

Además esta normatividad obliga a los gobiernos municipales, en materia de protección de los derechos de las personas adultas mayores; a impulsar programas de autoempleo, de acuerdo a su profesión u oficio, a través de apoyos financieros, capacitación y la creación de redes de producción, distribución y comercialización (Capítulo VI, Artículo 22).

La CEDH conmina a los elementos de la Policía Morelia, que siguen acumulando quejas en este organismo, a conducirse con respeto a la integridad física, psíquica y moral, así como la protección de la imagen, autonomía, pensamiento, dignidad y valores, no solo de los adultos mayores sino de todos los morelianos.

Es de señalar que esta Comisión no se opone a la detención, sometimiento y aseguramiento de persona alguna, siempre y cuando su conducta este prevista como delictiva por la legislación o como falta administrativa por las leyes secundarias. Tampoco se opone a que los servidores públicos con facultades para hacer valer la ley , cumplan con su deber; siempre y cuando tales actos se realicen conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales y en las leyes y reglamentos locales disponibles.

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