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22 noviembre, 2024
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CAMBIO DE PROPIETARIO, REQUISITO INDISPENSABLE EN LA COMPRA-VENTA DE AUTOMOTORES

  • Los adeudos adquiridos por el dueño de un vehículo no desaparecen con la venta del mismo, pueden convertirse en un problema legal
  • La persona registrada como dueña del vehículo puede ser acreedor de sanciones administrativas, hasta embargos

Morelia Michoacán, Julio de 2020.- Para efectuar una transacción de compra-venta de vehículos de manera correcta, los interesados deberán asegurarse de realizar el cambio de propietario, trámite que deslindará de posibles responsabilidades pendientes pasadas o futuras y dará certidumbre al comprador sobre el cumplimiento y no adeudo del vehículo en ninguno de sus trámites.

Cuando las partes interesadas en llevar a cabo este tipo de negociaciones, han llegado a un acuerdo para la adquisición del vehículo por parte de un nuevo dueño, es indispensable que este también incluya el cambio de propietario y la baja de placas en el Registro Vehicular Estatal, esto último si el nuevo dueño así lo requiere al momento de la compra.

El nuevo propietario podrá decidir si continúa con el mismo número de placas o solicitar uno nuevo.

Esta sencilla acción puede evitarle requerimientos administrativos y/o legales a cualquiera de las partes, en caso de incumplimiento en el pago de obligaciones, como son los refrendos vehiculares anuales o en la comisión de actos delictivos con uso del vehículo.

Mientras lo anterior no se haya realizado, los adeudos que se acumulen por la omisión en el cumplimiento de estas obligaciones, seguirán apareciendo a nombre de la persona registrada en el Padrón Vehicular Estatal como propietario, pudiendo este ser acreedor del requerimiento del pago, procedimiento administrativo o embargo.

Por ejemplo, en caso de que el nuevo propietario hiciese mal uso del carro, en la comisión de algún delito, la persona registrada como su propietario en primera instancia será requerido para la aclaración de hechos, aunque el vehículo ya no se encuentre bajo su resguardo, mismo que puede llevar a penas más fuertes hasta no aclararse de manera debida la autoría de delito y pueda ser deslindado de manera legal del hecho.

Por lo anterior, es indispensable que las personas interesadas en adquirir o comprar algún vehículo realicen de manera completa los trámites para la sesión de derechos del automotor, acercándose a la oficina de Rentas más cercana a su localidad.

Los requisitos y costos de los trámites de baja y alta vehicular, así como el de cambio al Registro Vehicular, pueden consultarse en michoacan.gob.mx/categoria/tramites/, seleccionando posteriormente la pestaña de interés.

Las recomendaciones para las personas que realicen las visitas a las oficinas de Rentas son acatar de manera puntual las medidas de prevención señaladas por la Secretaría de Salud en el estado, como acudir con cubrebocas, respetar las medidas de la sana distancia y no llevar acompañantes que no sean indispensables para realizar el trámite.

El Gobierno del Estado cuenta con el número 800-123-2890, con 11 líneas para resolución de dudas; así como un micrositio donde encontrarán toda la información disponible sobre COVID-19, ingresando a la liga bit.ly/MichCOVID-19.

 

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