Con el objetivo de acercar y garantizar a la población indígena la justicia constitucional, no solo en sus comunidades, sino en todo el territorio michoacano, la diputada Araceli Saucedo Reyes presentó una iniciativa de reforma a la Constitución del Estado y a la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la que propone que desde la norma se establezca que accedan a la justicia plena, a través de un juez menor el cual tiene mayor competencia territorial que los jueces comunales.
La coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXIV Legislatura en el Congreso del Estado propuso en la Máxima Tribuna garantizar la protección a la población indígena en cualquier parte que vivan en el Estado, ya que como está la norma actual se les restringe, por lo que es necesario hacer efectivo el derecho a la justicia que tienen reconocido en la Constitución General y en el pacto Federal.
Por ello, con esta iniciativa de reformas se plantea otorgar las competencias de los juzgados comunales a los menores, éstos últimos deben asumirlas completas, con la finalidad de brindar una atención eficaz a la población indígena.
“Al no tener los juzgados comunales competencia amplia en el territorio del Estado, como se ha visto, ni en las materias Civil, Familiar, Mercantil y Penal, es factible integrar estas a la jurisdicción de los menores y será competencia del Consejo del Poder Judicial emitir los acuerdos administrativos para señalar que territorios de municipios cuentan con población indígena para que se haga lo correspondiente y hacerlo del conocimiento a la población para que acudan a los juzgados menores ya que no en todos los municipios existe población indígena”.
De este modo, Araceli Saucedo plantea garantizar el acceso efectivo a la justicia, máxime que se reduce el gasto corriente del erario, las competencias de los Juzgados comunales se otorgan a los menores ampliando la cobertura territorial en pro de la sociedad pues un comunal solo ejerce jurisdicción en un territorio delimitado de un municipio, en tanto que los menores la ejercen en un Distrito Judicial.
“La más amplia competencia otorgada a los jueces comunales no obra desde la Constitución Política del Estado de Michoacán, pues esta es clara en referir que los juzgados comunales se establecerán en las poblaciones que por sus características lo requieran, por ello, se plantea que se pueda ejercer por los juzgados menores ya que la mayor amplitud de la competencia de los juzgados comunales es en materia familiar, pero se basa en la aplicación de usos y costumbres sobre dicha materia reducida a la fracción territorial donde ejerce la jurisdicción en un municipio”.
Araceli Saucedo añadió que si lo anterior, es la mayor característica en la creación de estas figuras del juez comunal, es evidente que los jueces menores también deben estar capacitados y en condiciones de ejercerla por ello, es que presenta dicha iniciativa, ya que los juzgados comunales tienen competencia reducida en materia de cuantía y territorio y es factible que la lleven a cabo los menores y con ello se reduce el gasto público.
Con esta iniciativa de reformas, se amplía la demarcación territorial para que la población de las comunidades indígenas puedan recurrir a la justicia, en cualquier punto del estado y no limitarlos a que debe ser en su localidad.