Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la tarde de este martes, a través de sesión no presencial por videoconferencia resolvió tres medios de impugnación, los cuales correspondieron a un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios electorales.
En el juicio ciudadano, el Pleno de la Sala consideró que el tribunal responsable y el órgano partidista primigenio omitieron atender el asunto sometido a su conocimiento con una visión de perspectiva de género aplicando los estándares normativos previstos en el orden constitucional, convencional, legal y el Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres, pese a la obligación legal que se impone en el orden jurídico en la reciente reforma del trece de abril de dos mil veinte.
Derivado de lo anterior, se revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, así como la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, para que, entre otros efectos, el órgano partidario citado, lleve a cabo las investigaciones preliminares que fuesen necesarias y conducentes para estar en condiciones de tramitar, admitir, sustanciar y resolver el procedimiento sancionador partidista respecto a la presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.
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