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22 noviembre, 2024
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CONOCE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PEATONAS QUE MARCA LA LEY DE MOVILIDAD

  • Tienen preferencia en todo momento sobre los vehículos motorizados

Morelia, Michoacán, 21 de mayo de 2024.- En la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán, las personas peatonas cuentan con derechos que les permiten vivir de manera ordenada y segura, y en igualdad de condiciones.

Cuentan con derecho de preferencia sobre los vehículos en todos los cruceros y zonas de paso peatonales, así como con todas las facilidades necesarias para abordar las unidades del transporte público.

Asimismo, las y los peatones deben transitar en espacios públicos adecuados, inclusivos y seguros, con infraestructura a nivel de calle en las vialidades primarias y secundarias, con señalamiento vertical, horizontal y semáforo peatonal donde se requiera.

Deben disfrutar de una movilidad libre, segura, incluyente y accesible, mediante un servicio de transporte público debidamente equipado, así como de zonas seguras para todo tipo de movilidad urbana.

Por su parte, las y los agentes de tránsito deben proporcionar la información que soliciten las personas peatonas sobre el señalamiento vial, ubicación de calles y las normas que regulen el tránsito de personas y bienes.

Igualmente, las autoridades estatales y municipales deben impulsar acciones que favorezcan la infraestructura para movilizarse de forma activa como modo de desplazamiento preferente a los vehículos motorizados.

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